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domingo, 15 de junio de 2014

El Ayuntamiento de Oseja de Sajambre pierde el recurso sobre la indemnización otorgada a Amieva por supresión de los derechos cinegéticos del monte Carombo

Amieva mantiene la indemnización del Parque por la supresión de la caza | La Audiencia Nacional ha rechazado la reclamación de Oseja de Sajambre para hacerse con parte de aquella compensación por la pérdida de los derechos cinegéticos

Terry Basterra | Precendi, 13-6-2014.

Ángel García era el alcalde de Amieva cuando se recibió
esa compensación. N.A. A.
Tras cerca de cuatro años de litigios la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en la resolución del recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Oseja de Sajambre, que reclamaba una parte de la indemnización que el Gobierno central otorgó al Ayuntamiento de Amieva por la supresión de los derechos cinegéticos en el antiguo coto Carombo-Río Malón, una vez que estos terrenos fueron incorporados al Parque Nacional de los Picos de Europa.

Este coto se encuentra situado en el monte Carombo y una parte de esta superficie está en territorio del municipio leonés de Oseja de Sajambre. Este ayuntamiento entendía en un primer momento que tenía derecho a percibir 394.471 euros de los más de 2 millones de euros que recibió el Ayuntamiento de Amieva en concepto de indemnización durante la época en la que Ángel García dirigió este consistorio asturiano, algo que no han estimado en la Audiencia Nacional.

Según explicaba ayer Roberto Diego, el letrado que ha representado al Ayuntamiento de Amieva en este caso, el tribunal ha entendido que esta causa «ha prescrito» y por este motivo el Ayuntamiento de Amieva no se ve obligado a devolver parte de la indemnización percibida durante la pasada década para que este dinero sea otorgado al Consistorio de Oseja de Sajambre.

Y es que en la Audiencia Nacional han considerado que el Ayuntamiento de Oseja de Sajambre, pese a que parte de ese coto se encontraba en su territorio, no disponía de la titularidad de los derechos cinegéticos sobre ese espacio que correspondían al Consistorio de Amieva.

Roberto Diego también explica que en el dictamen, notificado ayer mismo, se indica que «contra esta sentencia no cabe recurso de casación».

Publicado en: El Comercio, 13-6-2014.

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