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viernes, 15 de noviembre de 2013

La ordenanza municipal sobre el estacionamiento de vehículos en Soto plantea muchas dudas

La norma que sancionará a todo aquel vehículo que no sea de un vecino, propietario, o pernocta y esté aparcado más de 2 horas en el casco urbano, plantea serias dudas sobre si hay medios para hacer efectivo su cumplimiento.

G.S. | Oseja, 15-11-2013.

Vehículo estacionado en una calle de Soto de Sajambre,
el pasado verano.
Después de haberse publicado la ordenanza con la que el Ayuntamiento de Oseja de Sajambre quiere regular el tráfico y el aparcamiento de la localidad de Soto de Sajambre, varios lectores de la Gaceta Sajambriega han enviado a nuestra redacción una batería de preguntas sobre la misma.

Después de leerlas sería bueno que el Ayuntamiento de Oseja, en el ejercicio de una transparencia informativa, comunicara a los vecinos, cuales son los medios con los que cuenta para hacer efectiva la ordenanza, y aclarar así las siguientes dudas que plantean nuestros lectores:

1- Qué criterio van a utilizar para identificar los vehículos que pertenecen a vecinos y propietarios de los que son visitantes:
  • ¿Habrá unas tarjetas de residentes para poner en los coches y así identificar si el vehículo está autorizado para aparcar en el casco urbano?.
  • ¿Habrá tarjeta de visitante autorizado para identificar si es un vehículo de una persona alojada en un hotel o casa rural?.
  • ¿El control será discrecional y no se usarán elementos identificativos para los vehículos?.
2- Qué sistema se va a utilizar para saber si un visitante ha sobrepasado las 2 horas de establecimiento máximo:
  • ¿Se pondrán parkímetros que controlen el tiempo transcurrido?
  • ¿El control del tiempo será discrecional?.
3- Cómo se va a llevar a cabo el control:
  • ¿Qué agentes de la autoridad llevarán a cabo el control del estacionamiento?
  • ¿Habrá un servicio de grúa municipal para retirar los vehículos que incumplan la norma?
  • ¿Qué sudece si el Parking está completo?
  • ¿Se procederá a instalar las señales de tráfico necesarias?.
4- Cual será el importe de la sanción.

Todas estas cuestiones que son fundamentales para poder hacer efectiva la ordenanza e imponer las sanciones pertinentes, no han sido desarrolladas en la misma. Y si a esto le sumamos una posible falta de medios, se dan todas las condiciones para que no sea posible hacer cumplir esta norma y la ordenanza se convierta en una mera declaración de intenciones.

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